Uruguay es el primer país, fuera de Canadá, que aprueba la eutanasia por una ley.
En el país vecino, se cumplió el proceso parlamentario que culminó con la aprobación, por amplia mayoría en el Senado, del proyecto que llegó de la Cámara de Diputados. En la Cámara alta, la ley se votó con el apoyo de 21 de los 30 senadores.
La ley habilita la eutanasia a personas mayores de edad, pero con ciertas condiciones. Deben ser «psíquicamente aptas» (o sea, una decisión libre y con plena capacidad intelectual), que cursen la «etapa terminal de una patología incurable e irreversible», o padezcan por ello sufrimientos «insoportables», con «grave y progresivo deterioro» de su calidad de vida.
La ley también establece que la eutanasia será posible sólo para uruguayos o extranjeros que acrediten residencia. Se dará prioridad a la opinión de un primer y segundo médico, y frente a diferencias, se pasará a una junta médica, que resolverá si se cumplen con todos los criterios que exige la ley.
Por una amplia mayoría, el senado uruguayo convirtió en legal el proyecto de la «muerte digna». La eutanasia llega convertida en una ley y es el primer país que lo realiza así en todo el continente, además de Canadá. En Ecuador y Colombia, fue necesario una decisión de la Justicia para que fuera legalizada.
A partir de la promulgación de la ley, podrán ofrecer la eutanasia las asociaciones de mutuales, los seguros privados, el Hospital de Clínicas, la Sanidad Militar y Policial. Pero no podrán brindarle las clínicas privadas, para evitar que exista una «incentivación» a esta muerte digna para pacientes en casos terminales. A los efectos legales, se considerará muerte natural la generada por esta vía, que se establecerá en la reglamentación. Es decir, el certificado de defunción dirá como causa de muerte: procedimiento de eutanasia.
Con esta aprobación legal, Uruguay marca un precedente en el continente. Solo Canadá tiene por ley la Eutanasia. En Estados Unidos, se aplicó también en este tema el criterio de ser un país federal con estados anteriores a la formación de la Nación. Por eso, la legislación quedó supeditada a los diferentes distritos: Por ejemplo, es legal en Oregón, Washington, California, Colorado, Vermont, Maine, Nueva Jersey, Nuevo México y Hawái, además de Washington D.C. y en Montana, pero por una decisión de la justicia (como en Colombia o Ecuador).



