¿Cómo denunciar la Violencia Política de Género en EdoMéx?
La legislación mexiquense reconoce como violencia política en razón de género a todo acto u omisión, incluida la tolerancia basadas en elementos de género, qué es ejercida dentro de la esfera política y, o privada, que tenga por objeto anular, limitar o menoscabar el ejercicio efectivo de sus derechos.
Esta puede expresarse cuándo se obstaculiza su campaña; discrimina por estado de embarazo, ejerce violencia de cualquier tipo: psicológica, verbal, física o de alguna otra forma; además de incumplir las disposiciones jurídicas nacionales e internacionales; se restringe o anula el derecho al voto libre y secreto; se anula u oculta información; se omite la convocatoria para registro de candidaturas; proporciona información falsa, imprecisa o incompleta.
Cuando distribuye propaganda para calumniar, degradar o descalificar, basándose en estereotipos; se divulguen mensajes o información privada, por cualquier medio físico o virtual; se amenace, intimide o impida que tome protesta y ejerza el cargo; se restrinjan sus derechos con base en tradiciones o costumbres que supongan actividades estereotipadas que sean distintas a la representación política o se obliga a suscribir documentos contra su voluntad.
Las quejas se pueden presentar de forma oral, escrita, telefónica o por correo electrónico ante la Oficialía de partes del INE, ante las juntas ejecutivas locales y distritales de todo el país o ante alguno de los 32 organismos públicos electorales.
Los requisitos indispensables son:
- Presentar el nombre de la persona denunciante con firma autógrafa o huella dactilar.
- Domicilio para oír y recibir notificaciones, o en su caso correo electrónico para su ubicación.
- Presentar documentos para identificación.
- Narrar claramente los hechos en los cuales se basa su queja o denuncia y de ser posible las violaciones presuntamente ocurridas.
- Ofrecer y exhibir las pruebas con las cuales cuente o que habrán de requerirse.
- Si es necesario solicitar medidas cautelares y, o de protección.
Los pasos a seguir
El INE pone a disposición de cualquier víctima de violencia política un formato de denuncia en versión PDF y Word para que pueda ser llenado o sirva de guía para redactar la denuncia.
Una vez que se cuente con ésta puede presentarse ante las autoridades electorales con copia para el que la quejosa, para que sea radicada y se determine si existen elementos de la posible existencia de violencia política con el fin de emitir un acuerdo en la materia.
El Procedimiento Especial Sancionador es la única vía administrativa para conocer de estos casos, con un carácter sumario, es decir breve, para definir con celeridad la legalidad o ilegalidad de las conductas y aplicar las sanciones correspondientes.
Después de esto se integra el expediente y se analiza para tomar medidas preventivas, como son medidas cautelares y de protección para proteger a la víctima.
Sigue el emplazamiento y señalamiento de audiencia de pruebas y alegatos en un solo acto y de manera ininterrumpida, de manera oral, conducida por personal electoral, con la posibilidad de llevarse a cabo de manera virtual.
Después de esto es posible emitir el informe circunstanciado y remitir a las autoridades jurisdiccionales, es decir a algún tribunal electoral para que determine el asunto.
¿Cuáles son las sanciones?
Las sanciones a las cuales se puede hacer acreedor quien haya incurrido en violencia política en razón de género son:
Amonestación, remoción, pérdida de registro o cancelación de la candidatura o del partido político; actos reparadores del daño; restringir el registro como agrupación política; disculpa pública a cargo de las prerrogativas de radio y televisión del partido político de la persona infractora.
También es posible una inhabilitación, multa, interrupción o suspensión inmediata de la propaganda político electoral, cancelación del registro como partido político, reducción de hasta 50 por ciento del financiamiento público del partido, dar vista al Registro Nacional de Personas Agresoras, mandar a cursos y las que determine la autoridad.