En una resolución sin precedentes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) autorizó el embargo excepcional de fondos en Afores cuando un trabajador se encuentra desempleado y no tiene otra forma de cumplir con sus obligaciones alimentarias.
El fallo fue aprobado por la Primera Sala a raíz del amparo 652/2024, promovido por un trabajador del ISSSTE.
La decisión establece que el derecho de los menores a recibir alimentos prevalece incluso sobre el ahorro para el retiro, siempre que no existan otros bienes del deudor.
El fallo no es general, sino que solo aplica si se cumplen ciertas condiciones:
- El trabajador debe estar desempleado.
- No debe contar con otros bienes con los cuales cubrir la pensión alimenticia.
- El embargo es considerado excepcional y subsidiario, aplicándose solo si no hay alternativas.
El criterio de la Corte señala que sería contradictorio permitir el retiro por desempleo de la Afore para la subsistencia del trabajador, pero no permitir el uso de esos mismos fondos para alimentar a sus hijos.